¿Qué es la cancelación registral de una hipoteca? Curiosa pero muy ilustrativa es la explicación que da el notario D. Francisco Rosales de Salamanca Rodríguez al respecto: “una vez pagada la hipoteca está muerta y hay que enterrarla” Pues sí, mediante la cancelación registral de una hipoteca se hace constar en el Registro de la Propiedad que su vivienda ha quedado libre de cargas tras la extinción del préstamo hipotecario. No es un trámite obligatorio, usted y el banco saben que la deuda está pagada, pero esto no tiene por qué saberlo un tercero, posible comprador o nuevo acreedor hipotecario (si llega el caso de que se plantee solicitar un nuevo préstamo hipotecario). En ningún caso el banco puede imponerle esta gestión y tenga en cuenta que las entidades bancarias con frecuencia suelen pedir una provisión de fondos bastante elevada para hacer frente a los costes que supone cancelar este crédito. Además es habitual que su entidad bancaria le indique que debe em
CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS EXISTENTES El Real Decreto 235/2013, publicado el 13-04-2013, establece la OBLIGATORIEDAD de presentar o poner a disposición de los compradores o arrendatarios el certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio, según corresponda, para los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir del 01-06-2013 . La certificación energética proporciona información útil al usuario final sobre el comportamiento energético del edificio o vivienda que se compra o alquila, y además nos ofrece recomendaciones para mejorar dicha eficiencia. El certificado únicamente tiene carácter informativo y no obliga a realizar obras. La duración del certificado de eficiencia energética de los edificios existentes será de 10 años desde la fecha de su expedición, y debe ser suscrito por un técnico competente, que será elegido libremente por la propiedad del edificio. ESQUEMA BASICO Edificios obligados a certifi