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CANCELACIÓN REGISTRAL DE UNA HIPOTECA. RESOLVIENDO DUDAS...

¿Qué es la cancelación registral de una hipoteca? Curiosa pero muy ilustrativa es la explicación que da el notario D. Francisco Rosales de Salamanca Rodríguez al respecto: “una vez pagada la hipoteca está muerta y hay que enterrarla” Pues sí, mediante la cancelación registral de una hipoteca se hace constar en el Registro de la Propiedad que su vivienda ha quedado libre de cargas tras la extinción del préstamo hipotecario. No es un trámite obligatorio, usted y el banco saben que la deuda está pagada, pero esto no tiene por qué saberlo un tercero, posible comprador o nuevo acreedor hipotecario (si llega el caso de que se plantee solicitar un nuevo préstamo hipotecario). En ningún caso el banco puede imponerle esta gestión y tenga en cuenta que las entidades bancarias con frecuencia suelen pedir una provisión de fondos bastante elevada para hacer frente a los costes que supone cancelar este crédito. Además es habitual  que su entidad bancaria le indique que debe em
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CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS EXISTENTES El Real Decreto 235/2013, publicado el 13-04-2013, establece la OBLIGATORIEDAD de presentar o poner a disposición de los compradores o arrendatarios el certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio, según corresponda, para los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir del 01-06-2013 . La certificación energética proporciona información útil al usuario final sobre el comportamiento energético del edificio o vivienda que se compra o alquila, y además nos ofrece recomendaciones para mejorar dicha eficiencia. El certificado únicamente tiene carácter informativo y no obliga a realizar obras. La duración del certificado de eficiencia energética de los edificios existentes será de 10 años desde la fecha de su expedición, y debe ser suscrito por un técnico competente, que será elegido libremente por la propiedad del edificio. ESQUEMA BASICO Edificios obligados a certifi

Participaciones Preferentes: ¡Justicia, No Impunidad!

El Tribunal Supremo ha publicado en nota de prensa que el Pleno de la Sala I ha sido convocado entre los días 19 y 21 de marzo para resolver asuntos de gran trascendencia como las cláusulas 'suelo' y 'techo'; la imputación de responsabilidad en los productos bancarios de alto riesgo y el incumplimiento de la obligación de informar de tales riesgos.  Es trascendente la reunión de la Sala en pleno para resolver estos asuntos porque, en estos casos, la sentencia que se pronuncia crea jurisprudencia , sin tener que esperar a que recaiga otra sobre el mismo tema, de tal manera que, desde que se dicta, la doctrina que se contiene en ella debe ser seguida por los tribunales inferiores Se calcula que quedan aún 5.600 millones atrapados en participaciones preferentes.  Los afectados por el escándalo de las participaciones preferentes ya tienen la posibilidad de acudir a los tribunales por la vía contencioso-administrativa y litigar para conseguir que un juez decl

¿Qué trámites debo hacer como consecuencia del fallecimiento de un familiar?

Muchas veces unido al dolor que causa el fallecimiento de una persona querida, nos encontramos con otro sentimiento: el agobio que puede suponer los  trámites o gestiones que hay que realizar. Pues bien desde Anfein Asesores , queremos, al menos, ayudarle en cuanto a lo segundo, es decir, nosotros nos encargamos del papeleo; papeleo que en la mayoría de los casos no es tan costoso ni gravoso, como mucha gente cree. Fiscalmente podemos decir que al fallecimiento de una persona, a lo que se está obligado es a presentar dos impuestos : El Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el I mpuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) en el caso de que entre los bienes de la herencia se incluyan inmuebles. El primero de dichos impuestos es de competencia autonómica (en función de donde residía la persona fallecida en los últimos 5 años) y el segundo es de competencia municipal, de manera que hay Ayuntamientos que lo exigen y otros no

Cancelación Registral de una Hipoteca

Cuando se termina de pagar un préstamo hipotecario, es conveniente realizar su cancelación registral, porque mientras no se realice este trámite, la carga hipotecaria seguirá apareciendo sobre la finca en el Registro de la Propiedad , aunque se haya procedido a su cancelación económica y por tanto no se deba nada. Si bien no es un trámite obligatorio, es recomendable realizarlo. Muchas veces no se hace por desconocimiento o bien por la creencia de que es una gestión cara y que va a suponer un desembolso considerable.  Hay que tener en cuenta que no tiene por qué gestionarlo el banco, que los honorarios de notario y registro son bastante razonables en este tipo de trámite y que la liquidación del impuesto correspondiente el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados está exento de pago. Además no es necesario desplazarse a firmar a Notaría pues es la entidad financiera la que firma la escritura de cancelación sin ser necesaria nuestra presen

¿ES ACONSEJABLE HACER TESTAMENTO?

¿ES ACONSEJABLE HACER TESTAMENTO? Sí. Sin lugar a dudas, sí. Los costes no son significativos (unos 50 € aproximadamente) y son importantes sus ventajas: Primero: En el caso de no tener testamento, en el momento de tener que realizar las gestiones de la herencia, ésta se encarece un poco porque hay que hacer un trámite más: la declaración de herederos. Segundo: En el caso de no tener testamento, es la ley la que dispone quienes heredan y en qué orden: descendientes, en su defecto ascendientes y por último el cónyuge. En las sucesiones intestadas  el cónyuge no sale muy beneficiado, la manera de mejorarle es otorgando testamento. Asimismo si lo que se pretende es mejorar a un hijo con respecto a los otros, la única forma es mediante disposición testamentaria. Tercero: Cabe la posibilidad también de hacer disposiciones testamentarias relacionadas con aspectos no patrimoniales de interés como nombrar tutor legal para los hijos menores en el caso de fallecimiento d

ANFEIN INFORMA:LINEAS ICO DE FINANCIACIÓN 2013

En esta ocasión ANFEIN informa sobre las LINEAS DE FINANCIACIÓN 2013 que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y las entidades de crédito han puesto en marcha para los AUTÓNOMOS Y EMPRESAS. En 2013, el ICO ha simplificado el número de líneas para facilitar su tramitación.  La línea ICO Empresas y Emprendedores 2013 destinada a los autónomos y empresas que realicen inversiones productivas en España y/o necesiten cubrir necesidades de liquidez.  En los proyectos de INVERSIÓN se consideran financiables: los activos fijos productivos nuevos o de segunda mano, los vehículos turismo cuyo precio no supere los 30.000 € más IVA, los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%, la adquisición de empresas, el IVA/IGIC, los gastos de circulante con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta finalidad de inversión. El importe máximo del préstamo es de 10 millones de €, en una o varias operaciones por cliente y año.  También pueden solicitar financiac